domingo, 28 de diciembre de 2014

LA ADMINISTRACION PUBLICA Y SU RELACION CON EL DERECHO, CULTURA Y ECONOMIA

LA ADMINISTRACIÓN Y SU RELACIÓN CON:

1. DERECHO
2. CULTURA
3. ECONOMÍA

DERECHO:
En clase se dijo que el derecho es una ciencia que establece leyes y normas que regulan el comportamiento del hombre en sociedad, se puede decir que la relacion de la administracion con el derecho es de que la situaciones o la competencia ejercida por el administrador tiene que ser con apego a la ley.

Derecho significa: Lo que esta conforme a la regla

pero para conocer mas en ralacion al derecho administrativo doy a conocer el siguiente documento:

El derecho Administrativo
Origenes
Tras la revolucion francesa surge el estado de derecho que se caracteriza por someter a la ley toda la actividad del Estado y conceder a los ciudadanos ciertos derechos que puedan esgrimir ante la administracion. Desaparece la arbitrariedad de los poderes publicos. Esta sumision puede ser al derecho comun, es decir igual que los particualres (propio de los paises anglosajones), o a un derecho espceial propio de la administracion publica y solo aplicable a ella (Derecho Administrativo). Eld erecho administrativo es un conjunto de normas y principios que tiene por objeto la regulacion de la organización y funcionamiento de las administraciones publicas.
Carácter del Derecho Administrativo
1.Es un derecho publico porque sus normas se aplican a la administracion cuando actual como tal, sin embargo no es un derecho administrativo cualquier norma aplicable a la administracion porque esta a veces actua como persona juridica y esta sometida al derecho privado.
2. Normas de comportamiento y de organización para los particualres rige el principio de vinculacion negativa “todo lo que no esta prohibido esta permitido” para la administracion rige el principio negativo “Todo lo que no esta permitido esta prohibido” La organización, funcionamiento y relaciones entre sus organos se regulan por las normas de organización.
3. Es derecho administrativo no solo el que se refiere a la administracion central sino a todas las administraciones publicas.
4.Es un derecho publico interno (aplicable dentro de las fornteras unicamente)
Contenido del Derecho Administrativo
1.Organizacion creacion de los diferentes organos, posicion jerarquica y funciones.
2.Reglamentos normas que pueden dictar los organos con rango inferior a ley.
3.Actos y Procedimientos los actos son la forma que tienen de manifestarse las administraciones y el procedimiento es el camino que debe seguir para realizarlas.
4.Contratacion contratos que firma la administracion sometidos a un regimen juridicos diferentes al de los firmados por particulares.
5.Expropiacion Forzosa regula las circunstancias y condiciones qu deben concurrir para que un bien de un particular pueda ser expropiado por la administracion.
6.Responsabilidad Civil obligacion de responder por los actos propios o de las personas dependientes.
7.Servicios publicos enumeracion y regulacion del funcionamiento de los servicios senciales y los organos encargados de su realizacion.
8.Funcionariado regula el regimen laboral especial de los trabajadores permanentes de la administracion, su acceso al puesto y categorias.
Fuentes del Derecho Administrativo
1.Fuentes del derecho en general rige el principio de jerarquia que dice que las normas de rango superior deroga a otra de rango inferior, y el principio de competencia entre las CCAA y el estado central.
*Fuentes materiales organos y fuerzas sociales con capacidad para emanar normas con fuerza obligatoria.
*Fuentes formales medios en que manifiesta externamente el derecho.
*Clases de Fuentes
a)Fuentes Directas contienen una norma juridica.
*Ley norma escrita, expresion reflexiva que se da a traves de los organos oficiales. Tanto la ley como reglamentos, convenios colectivos, etc. Rige el principio de jerarquia y la ley mas alta es la Constitucion.
*Costumbre expresion espontanea y directa de la conciencia popular. Norma no escrita producto de un largo periodo de tiempo de repeticion de una conducta que adquiere fuerza obligatoria por esa repeticion.No hay jerarquia. Puede ser preter legem (en defecto de norma escrita), secuncum legem (de identico contenido que esta) o contra legem (de contenido contrario o distinto que la norma escrita)
*Principios Generales del Derecho valores eticos sobre los que se basa toda la regulacion de la vida social contenida en las normas juridicas. Cubren las lagunas de la ley y la costumbre y ayudan a interpretar a estas. Existen muchos por ejemplo, la cosa juzgada se tiene por cierta, quien puede lo mas puede lo menos, la norma posterior deroga la anterior, nadie puede ir contra sus propios actos, etc.
b) Fuentes indirectas no encierran forma juridica alguna sino que sivrne para la formacion, aplicación, interpretacion y desarrollo de las mismas. Como ejemplos estan la analogia, los tratados internacionales (mientras no sean publicados en el BOE pueden servir como orientacion en la creacion de normas nacionales) , la jurisprudencia (completara el ordenamiento juridico con la doctrina que de modo reiterado establezca el tribunal supremo al aplicar la ley, costumbre y PGD), la doctrina cientifica (constituida por los estudios y opiniones de doctores en derecho) y el derecho natural.
2.Fuentes del derecho administrativo en particular no difiere del general pero se caracteriza por estar dominado por el principio de la ley escrita y casi no aplicación de las fuentes indirectas y la costumbre.
Enumeracion y Rango jerarquico
1.Fuentes Directas
*Ley
a)Constitucion es la primera en el orden jerarquico, norma suprema en el OJ y el derecho administrativo.
b) Ley en sentido estricto emanada del parlamento u organo que encarna al poder legislativo. Pueden ser leyes organicas (solo pueden ser dictadas por el parlamento central) o leyes ordinarias (requieren mayoria simple)
c)Disposiciones normativas del gobierno con fuerza de ley puede ser el decreto ley que es decreto por emanar del gobierno y es ley por tener fuerza de ley, sus requisitos son: versar sobre materias reservadas a la ley, emanar en casos de urgente necesidad, una vez publicado debe ser convalidado o no por el congreso o gobierno en el plazo de 30 dias. Tambien pueden ser los decretos legislativos que son normas juridicas emanadas por el gobierno y que tienen valor y fuerza de ley. Es producto de un mandato del parlamento dirigido al gobierno. El parlamento delega en el gobierno su facultad de dictar leyes mediante una ley ordinaria llamada Ley de Bases o Ley Delegante.
d)Reglamento norma emanada por los organos de la Administracion en el ejercicio de la funcion normativa que posee el poder ejecutivo llamada potestad reglamentaria. Su funcion respecto de la ley es completar a esta y desarrollarla. Son la fuente mas importante y abundante del derecho administrativo.
*Costumbre requiere un largo periodo de tiempo de repeticion de una conducta y adquiere fuerza obligatoria por esa repeticion prolongada. El derecho administrativo no es tan viejo como para tener una costumbre fuerte, ademas el principio de legalidad dificulta su aparicion. Su rango es jerarquicamente inferior al reglamento.
*PGD son fuente subsidiaria del derecho administrativo, es decir se aplican solo en defecto de derecho escrito o de costumbre aplicable al caso.
2.Fuentes Indirectas
*Tratados Internacionales fuente de escasa trascendencia ya que el derecho administrativo es un derecho publico interno, sin trascendencia internacional.
*Jurisprudencia fuente subsidiaria del derecho administrativo de poca trascendencia. Constituye el medio ams adecuado para acreditar la eficacia o ineficacia practica de las normas vigentes y plantear la necesidad de su modificacion.


CULTURA: muchas veces las costumbres o todo lo que influye en una cultura también lo hace en la administración si hablamos de de Guatemala podemos decir que influye un poquito para mal, de igual manera por ahí leí que decía que ka administración sera el reflejo de un país, así que si nuestra administración desde lo personal es mala y esa cadena crece asta llegar a ámbitos laborales u otros podremos mencionar que quizá estemos mal.


ECONOMÍA: La economia es una ciencia que se encarga de la Produccion, distribucion, manejo y consumo de recursos ahora bien si hablamos de administracion publica veremos que esto se refiere a la correcta produccion, (que quizá no sea generar ganancias), distribucion, manejo y consumo de los bienes del Estado


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